Art. 2
Definiciones
En vigor desde 16 feb 2021
Artículo 2
Definiciones
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1.
«producto compuesto»: un producto compuesto tal como se define en el artículo 2, punto 14, del Reglamento Delegado (UE) 2019/625;
2.
«productos compuestos no perecederos»: productos que no necesitan ser transportados o almacenados a temperatura controlada.
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