Art. 12
Auditorías
En vigor desde 25 ene 2021
Artículo 12
Auditorías
Las auditorías sobre la utilización de la contribución de la Unión y la contribución nacional por parte de personas o entidades, incluidas personas o entidades que no hubieran sido mandatadas por las instituciones u órganos de la Unión, constituirán la base de la certeza global con arreglo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento Financiero.
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