Art. 2

Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2016/341

En vigor desde 7 dic 2020
Artículo 2 Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2016/341 El Reglamento Delegado (UE) 2016/341 se modifica como sigue: 1) Se suprime el anexo 1. 2) En el anexo 9, apéndice D1, título II, el cuadro de la casilla n.o 20 se sustituye por el cuadro siguiente: «Primera subdivisión Significado Segunda subdivisión Códigos Incoterms Incoterms — CCI/CEPE Lugar que se debe precisar Códigos aplicables a todos los modos de transporte EXW (Incoterms 2020) En fábrica Lugar de entrega convenido FCA (Incoterms 2020) Franco transportista Lugar de entrega convenido CPT (Incoterms 2020) Flete pagado hasta Lugar de destino convenido CIP (Incoterms 2020) Flete pagado, seguro incluido, hasta Lugar de destino convenido DPU (Incoterms 2020) Entrega descargada en un punto Lugar de destino convenido DAP (Incoterms 2020) Entrega en un punto Lugar de destino convenido DDP (Incoterms 2020) Entregado con derechos abonados Lugar de destino convenido DAT (Incoterms 2010) Entrega en terminal Terminal portuaria o lugar de destino convenidos Códigos aplicables al transporte marítimo y por vías navegables interiores FAS (Incoterms 2020) Franco al costado del buque Puerto de carga convenido FOB (Incoterms 2020) Franco a bordo Puerto de carga convenido CFR (Incoterms 2020) Coste y flete Puerto de destino convenido CIF (Incoterms 2020) Coste, seguro y flete Puerto de destino convenido XXX Condiciones de entrega distintas de las enumeradas anteriormente Descripción de las condiciones de entrega contempladas en el contrato».
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