Art. 2
Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2016/341
En vigor desde 7 dic 2020
Artículo 2
Modificaciones del Reglamento Delegado (UE) 2016/341
El Reglamento Delegado (UE) 2016/341 se modifica como sigue:
1)
Se suprime el anexo 1.
2)
En el anexo 9, apéndice D1, título II, el cuadro de la casilla n.o 20 se sustituye por el cuadro siguiente:
«Primera subdivisión
Significado
Segunda subdivisión
Códigos Incoterms
Incoterms — CCI/CEPE
Lugar que se debe precisar
Códigos aplicables a todos los modos de transporte
EXW (Incoterms 2020)
En fábrica
Lugar de entrega convenido
FCA (Incoterms 2020)
Franco transportista
Lugar de entrega convenido
CPT (Incoterms 2020)
Flete pagado hasta
Lugar de destino convenido
CIP (Incoterms 2020)
Flete pagado, seguro incluido, hasta
Lugar de destino convenido
DPU (Incoterms 2020)
Entrega descargada en un punto
Lugar de destino convenido
DAP (Incoterms 2020)
Entrega en un punto
Lugar de destino convenido
DDP (Incoterms 2020)
Entregado con derechos abonados
Lugar de destino convenido
DAT (Incoterms 2010)
Entrega en terminal
Terminal portuaria o lugar de destino convenidos
Códigos aplicables al transporte marítimo y por vías navegables interiores
FAS (Incoterms 2020)
Franco al costado del buque
Puerto de carga convenido
FOB (Incoterms 2020)
Franco a bordo
Puerto de carga convenido
CFR (Incoterms 2020)
Coste y flete
Puerto de destino convenido
CIF (Incoterms 2020)
Coste, seguro y flete
Puerto de destino convenido
XXX
Condiciones de entrega distintas de las enumeradas anteriormente
Descripción de las condiciones de entrega contempladas en el contrato».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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