Art. 6
Período de conservación de los datos personales de los usuarios del ICSMS
En vigor desde 10 nov 2020
Artículo 6
Período de conservación de los datos personales de los usuarios del ICSMS
Los datos personales relativos a una persona física designada por una autoridad competente o un punto de contacto de productos como usuaria del ICSMS se suprimirán a más tardar un mes después de que se informe a la Comisión de que la persona física ha dejado de ser usuaria de dicho sistema.
La Comisión garantizará por medios técnicos la supresión de los datos personales de conformidad con el párrafo primero.
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