Art. 18
Inspección, mantenimiento, reparación y prueba de funcionamiento
En vigor desde 19 ago 2020
Artículo 18
Inspección, mantenimiento, reparación y prueba de funcionamiento
Los procedimientos de inspección, mantenimiento, reparación y prueba de funcionamiento mencionados en el artículo 11, letra g), incluirán lo siguiente, si procede:
a)
métodos y criterios de funcionamiento para la inspección;
b)
métodos que deben utilizarse para la puesta a punto, la reparación y/o la calibración;
c)
tipo, cantidad y método de aplicación del lubricante;
d)
nuevo ensamblado del producto de un solo uso;
e)
especificación de las partes que podría ser necesario remplazar;
f)
pruebas y parámetros de funcionamiento que deben tenerse en cuenta para la aceptación o el rechazo.
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