Art. 9
Objetivos medioambientales
En vigor desde 18 jun 2020
Artículo 9
Objetivos medioambientales
A efectos del presente Reglamento, serán objetivos medioambientales los siguientes:
a)
mitigación del cambio climático;
b)
adaptación al cambio climático;
c)
uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos;
d)
transición hacia una economía circular;
e)
prevención y control de la contaminación;
f)
protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2020:852:oj#art-9