Art. 82

Pormenores sobre el contenido de los certificados zoosanitarios de los huevos para incubar de aves de corral

En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 82 Pormenores sobre el contenido de los certificados zoosanitarios de los huevos para incubar de aves de corral El certificado zoosanitario de los huevos para incubar de aves de corral, que haya sido expedido por la autoridad competente del Estado miembro de origen con arreglo al artículo 161, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/429, recogerá la información general contemplada en la parte 1, punto 2, del anexo VIII, así como una declaración del cumplimiento de los requisitos regulados en las disposiciones siguientes: a) en el caso de los huevos para incubar de aves de corral, salvo los mencionados en el artículo 38, letras b) y c), y, en su caso, en los artículos 41 y 42 para la categoría específica de huevos; b) de tratarse de menos de veinte huevos para incubar de aves de corral distintas de las ratites, en el artículo 39 y, en su caso, en los artículos 41 y 42 para la categoría específica de huevos; c) en el caso de los huevos sin gérmenes patógenos específicos, en el artículo 40.
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