Art. 29

Red de la Unión sobre Conformidad de los Productos

En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 29 Red de la Unión sobre Conformidad de los Productos 1.   Se crea la Red de la Unión sobre Conformidad de los Productos (en lo sucesivo, «Red»). 2.   El propósito de la Red es servir de plataforma para una coordinación y cooperación estructuradas entre las autoridades de los Estados miembros responsables de la aplicación de la legislación y la Comisión y racionalizar las prácticas de vigilancia del mercado dentro de la Unión, incrementando de este modo la eficacia de la vigilancia del mercado.
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