Art. 57

Responsabilidades de la unidad central SEIAV

En vigor desde 20 may 2019
Artículo 57 Responsabilidades de la unidad central SEIAV La unidad central SEIAV será responsable de: a) la verificación manual de identidades diferentes de conformidad con en el artículo 29; b) la detección de identidades múltiples entre los datos almacenados en el SES, el VIS, Eurodac y el SIS contemplada en el artículo 69.
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