Art. 33

Costes

En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 33 Costes 1.   Los costes aparejados a la creación y el funcionamiento del sistema central, la infraestructura de comunicación a que se refiere el artículo 4, apartado 1, letra d), el programa de interfaz y la aplicación de referencia ECRIS serán sufragados por el presupuesto general de la Unión. 2.   Los costes de la conexión de Eurojust, Europol y la Fiscalía Europea al ECRIS-TCN serán sufragados por sus presupuestos respectivos. 3.   Los demás costes serán sufragados por los Estados miembros, en particular los derivados de la conexión de los registros nacionales de antecedentes penales existentes, las bases de datos dactiloscópicos y las autoridades centrales al ECRIS-TCN, así como los costes derivados de albergar la aplicación de referencia ECRIS.
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