Art. 1

Objeto

En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 1 Objeto 1.   El presente Reglamento establece, en relación con las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques: a) el conjunto de las prescripciones técnicas necesarias para las inspecciones técnicas de los elementos que deben someterse a ensayo, relativas a los equipos de frenado, la dirección, la visibilidad, las luces, los dispositivos reflectantes, el equipo eléctrico, los ejes, las ruedas, los neumáticos, la suspensión, el chasis, los elementos acoplados al chasis, otros equipos y las emisiones contaminantes, así como a la utilización de los métodos de inspección recomendados, de conformidad con el punto 3 del anexo I de la Directiva 2014/45/UE, y b) unas normas detalladas relativas al formato de los datos y a los procedimientos de acceso a la información técnica pertinente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2019:621:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil