Art. 10

Formación y experiencia de larga duración

En vigor desde 14 mar 2019
Artículo 10 Formación y experiencia de larga duración Los instructores de esquí que posean una cualificación de las enumeradas en el anexo I y sean capaces de demostrar una formación práctica y teórica como instructor de esquí de, como mínimo, 95 días y una experiencia laboral como instructor de esquí de 95 días serán reconocidos en Austria con el título de «Diplomschilehrer».
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