Art. 4

En vigor desde 11 feb 2019
Artículo 4 Se suspende el registro de las importaciones resultante del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/756, por el que se someten a registro las importaciones de biodiésel originario de Argentina. No se recaudarán derechos compensatorios definitivos con carácter retroactivo sobre las importaciones registradas.
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