Art. 29

Normas financieras

En vigor desde 11 dic 2018
Artículo 29 Normas financieras El Consejo de Administración adoptará las normas financieras aplicables a la Oficina del ORECE, previa consulta a la Comisión. Estas normas financieras no podrán apartarse del Reglamento Delegado (UE) n.o 1271/2013, salvo si las exigencias de funcionamiento de la Oficina del ORECE lo requieren y la Comisión lo autoriza previamente.
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