Art. 66
Legislación aplicable
En vigor desde 28 nov 2018
Artículo 66
Legislación aplicable
1. El Reglamento (UE) 2018/1725 será aplicable al tratamiento de datos personales por eu-LISA, por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, y por Eurojust realizado en el marco del presente Reglamento. El Reglamento (UE) 2016/794 será aplicable al tratamiento de datos personales realizado por Europol en el marco del presente Reglamento.
2. La Directiva (UE) 2016/680 será aplicable al tratamiento de datos personales con arreglo al presente Reglamento por las autoridades y servicios nacionales competentes para fines de prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de delitos, o de ejecución de sanciones penales, incluida la protección frente a amenazas para la seguridad pública y la prevención de estas.
3. El Reglamento (UE) 2016/679 será aplicable al tratamiento de datos personales realizado en el marco del presente Reglamento por las autoridades y servicios nacionales competentes, excepto el tratamiento para fines de prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de delitos, o de ejecución de sanciones penales, incluida la protección frente a amenazas para la seguridad pública y la prevención de estas.
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