Art. 2

Notificaciones a la AEVM de índices de referencia por parte de administradores reconocidos

En vigor desde 8 ago 2018
Artículo 2 Notificaciones a la AEVM de índices de referencia por parte de administradores reconocidos Toda notificación a la AEVM de conformidad con el artículo 32, apartado 6, del Reglamento (UE) 2016/1011 se realizará por un medio electrónico que pueda de garantizar la exhaustividad, integridad y confidencialidad de los datos a lo largo del proceso de transmisión.
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