Art. 24
Entrada en vigor y aplicabilidad
En vigor desde 12 abr 2018
Artículo 24
Entrada en vigor y aplicabilidad
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de octubre de 2018.
No obstante, el apartado 1, letra b), inciso iii), el apartado 2, letras b), c) y d), el apartado 3, el apartado 4, letras a) y b), y el apartado 5 del artículo 16, así como el apartado 1, letra d), del artículo 17, serán aplicables a partir del 14 de diciembre de 2019.
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