Art. 24

Componentes del sistema de repositorios

En vigor desde 15 dic 2017
Artículo 24 Componentes del sistema de repositorios 1.   El sistema de repositorios estará formado por los subsistemas siguientes: a) repositorios que se han creado con el fin de almacenar datos relativos a los productos del tabaco de fabricantes e importadores concretos («repositorios primarios»); b) un repositorio que contenga una copia de todos los datos almacenados en el sistema de repositorios primarios («repositorio secundario»); c) un servicio de enrutado («enrutador») creado y gestionado por el proveedor del sistema de repositorio secundario. 2.   Los subsistemas a que se hace referencia en el apartado 1 deberán ser plenamente interoperables entre sí, con independencia del proveedor de servicios utilizado.
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