Art. 24
Componentes del sistema de repositorios
En vigor desde 15 dic 2017
Artículo 24
Componentes del sistema de repositorios
1. El sistema de repositorios estará formado por los subsistemas siguientes:
a)
repositorios que se han creado con el fin de almacenar datos relativos a los productos del tabaco de fabricantes e importadores concretos («repositorios primarios»);
b)
un repositorio que contenga una copia de todos los datos almacenados en el sistema de repositorios primarios («repositorio secundario»);
c)
un servicio de enrutado («enrutador») creado y gestionado por el proveedor del sistema de repositorio secundario.
2. Los subsistemas a que se hace referencia en el apartado 1 deberán ser plenamente interoperables entre sí, con independencia del proveedor de servicios utilizado.
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