Art. 43

Uso de capacidad interzonal de intercambio por parte de los proveedores de servicios de balance

En vigor desde 23 nov 2017
Artículo 43 Uso de capacidad interzonal de intercambio por parte de los proveedores de servicios de balance 1.   Los proveedores de los servicios de balance que tengan un contrato para reserva de balance con un GRT basado en un modelo GRT-proveedor de servicios de balance, conforme a lo dispuesto en el artículo 35, tendrán el derecho de utilizar capacidad interzonal de intercambio para intercambiar reserva de balance si son titulares de derechos físicos de transmisión. 2.   Los proveedores de servicios de balance que utilicen capacidad interzonal de intercambio para intercambiar reserva de balance basado de un modelo GRT-proveedor de servicios de balance, conforme a lo dispuesto en el artículo 35, deberán nominar sus derechos físicos de transmisión para el intercambio de reserva de balance a los GRT interesados. Dichos derechos físicos de transmisión proporcionarán a sus titulares el derecho a nominar el intercambio de energía de balance a los GRT interesados y por lo tanto deberán estar excluidos de la aplicación del principio «usado o retribuido» («principio UIOSI»). 3.   La capacidad interzonal de intercambio asignada para intercambiar reserva de balance de conformidad con el apartado 2 se incluirá como capacidad interzonal de intercambio ya asignada en los cálculos de la capacidad interzonal de intercambio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2017:2195:oj#art-43

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil