Art. 88
Derecho a presentar una reclamación al Supervisor Europeo de Protección de Datos
En vigor desde 12 oct 2017
Artículo 88
Derecho a presentar una reclamación al Supervisor Europeo de Protección de Datos
1. Todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos si considera que el tratamiento de los datos personales operativos referentes a él por parte de la Fiscalía Europea constituye una violación del presente Reglamento.
2. El Supervisor Europeo de Protección de Datos informará al interesado sobre el curso y el resultado de la reclamación, incluida la posibilidad de tutela judicial en virtud del artículo 89.
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