Art. 1
En vigor desde 7 ago 2017
Artículo 1
Queda registrada la denominación «Štajerski hmelj» (IGP).
La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.8, «Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)», que figura en el anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
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