Art. 44

Intercambio de datos en tiempo real

En vigor desde 2 ago 2017
Artículo 44 Intercambio de datos en tiempo real Salvo disposición en contrario del GRT, cada GRD proporcionará a su GRT, en tiempo real, la información relativa a la zona de observabilidad del GRT contemplada en el artículo 43, apartados 1 y 2, en particular la siguiente: a) topología real de la subestación; b) potencia activa y reactiva en la posición de línea; c) potencia activa y reactiva en la posición de transformador; d) potencia activa y reactiva en la posición de instalación de generación de electricidad; e) posiciones de las tomas de los transformadores conectados a la red de transporte; f) tensiones de las barras colectoras; g) potencia reactiva en las posiciones de reactancia y condensador; h) mejores datos disponibles sobre generación agregada en la zona del GRD, por fuente de energía primaria, y i) mejores datos disponibles sobre demanda agregada en la zona del GRD.
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