Art. 44
Intercambio de datos en tiempo real
En vigor desde 2 ago 2017
Artículo 44
Intercambio de datos en tiempo real
Salvo disposición en contrario del GRT, cada GRD proporcionará a su GRT, en tiempo real, la información relativa a la zona de observabilidad del GRT contemplada en el artículo 43, apartados 1 y 2, en particular la siguiente:
a)
topología real de la subestación;
b)
potencia activa y reactiva en la posición de línea;
c)
potencia activa y reactiva en la posición de transformador;
d)
potencia activa y reactiva en la posición de instalación de generación de electricidad;
e)
posiciones de las tomas de los transformadores conectados a la red de transporte;
f)
tensiones de las barras colectoras;
g)
potencia reactiva en las posiciones de reactancia y condensador;
h)
mejores datos disponibles sobre generación agregada en la zona del GRD, por fuente de energía primaria, y
i)
mejores datos disponibles sobre demanda agregada en la zona del GRD.
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