Art. 20
Precio medio de los animales de la especie bovina de menos de ocho meses de la Unión
En vigor desde 20 abr 2017
Artículo 20
Precio medio de los animales de la especie bovina de menos de ocho meses de la Unión
El precio medio de la Unión de los animales de la especie bovina sacrificados con menos de ocho meses de edad será igual a la media de los precios registrados de esos terneros tal como se contempla en el artículo 10 del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1184. Dicha media será ponderada mediante coeficientes establecidos sobre la base de la producción neta de esos animales de la especie bovina en la Unión.
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