Art. 11

Normas relativas a los sistemas de entrada-salida que comprenden a más de un Estado miembro en aquellos casos en que opere más de un gestor de red de transporte

En vigor desde 16 mar 2017
Artículo 11 Normas relativas a los sistemas de entrada-salida que comprenden a más de un Estado miembro en aquellos casos en que opere más de un gestor de red de transporte Podrá aplicarse conjunta o separadamente la misma metodología de precios de referencia o distintas metodologías de precios de referencia de forma independiente en aquellos casos en que opere más de un gestor de red de transporte en un sistema de entrada-salida que comprende a más de un Estado miembro.
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