Art. 37
Normas de acceso
En vigor desde 11 nov 2016
Artículo 37
Normas de acceso
En la solicitud de autorización se incluirá una descripción de los procedimientos aplicados para tramitar las siguientes solicitudes de acceso:
a)
solicitudes de personas jurídicas que se propongan convertirse en participantes, de conformidad con el artículo 33 del Reglamento (UE) n.o 909/2014 y con el capítulo XIII del presente Reglamento;
b)
solicitudes de emisores, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) n.o 909/2014 y con el capítulo XIII del presente Reglamento;
c)
solicitudes de otros DCV, de conformidad con el artículo 52 del Reglamento (UE) n.o 909/2014 y con el capítulo XIII del presente Reglamento;
d)
solicitudes de otras infraestructuras del mercado, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento (UE) n.o 909/2014 y con el capítulo XIII del presente Reglamento.
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