Art. 12

Pago de la ayuda financiera de la Unión

En vigor desde 10 jun 2016
Artículo 12 Pago de la ayuda financiera de la Unión Los gastos de los Estados miembros en relación con los pagos efectuados en virtud del presente Reglamento se beneficiarán de la ayuda financiera únicamente si han sido abonados a más tardar el 30 de septiembre de 2017.
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