Art. 12
Pago de la ayuda financiera de la Unión
En vigor desde 10 jun 2016
Artículo 12
Pago de la ayuda financiera de la Unión
Los gastos de los Estados miembros en relación con los pagos efectuados en virtud del presente Reglamento se beneficiarán de la ayuda financiera únicamente si han sido abonados a más tardar el 30 de septiembre de 2017.
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