Art. 63
Método de notificación
En vigor desde 18 may 2016
Artículo 63
Método de notificación
Las notificaciones contempladas en el presente Reglamento, así como en los Reglamentos de Ejecución contemplados en el artículo 1, se realizarán de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 792/2009 de la Comisión (20).
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