Art. 54

Solicitud de pago de la ayuda para el almacenamiento privado

En vigor desde 18 may 2016
Artículo 54 Solicitud de pago de la ayuda para el almacenamiento privado El agente económico presentará una solicitud de pago en el plazo de tres meses a partir de la finalización del período de almacenamiento contractual.
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