Art. 54
Solicitud de pago de la ayuda para el almacenamiento privado
En vigor desde 18 may 2016
Artículo 54
Solicitud de pago de la ayuda para el almacenamiento privado
El agente económico presentará una solicitud de pago en el plazo de tres meses a partir de la finalización del período de almacenamiento contractual.
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