Art. 18

Notificaciones relativas a los ajos

En vigor desde 18 may 2016
Artículo 18 Notificaciones relativas a los ajos Los Estados miembros notificarán a la Comisión las cantidades totales cubiertas por solicitudes de certificados «B», a más tardar el miércoles de cada semana con respecto a las solicitudes recibidas la semana anterior. Las cantidades afectadas se desglosarán por día de solicitud del certificado de importación, por origen y por código NC. En el caso de productos distintos de los ajos según se recogen en las secciones E y F del anexo II, se comunicará también el nombre del producto, tal como figure en la casilla 14 de la solicitud de certificado de importación.
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