Art. 66

Normas financieras

En vigor desde 11 may 2016
Artículo 66 Normas financieras El Consejo de Administración adoptará la normativa financiera aplicable a la Agencia, previa consulta a la Comisión. Dicha normativa solo podrá apartarse del Reglamento Delegado (UE) n.o 1271/2013 si así lo exige específicamente el funcionamiento de la Agencia y con la autorización previa de la Comisión.
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