Art. 1

Período de programación y notificación de la legislación nacional pertinente

En vigor desde 15 abr 2016
Artículo 1 Período de programación y notificación de la legislación nacional pertinente 1.   El proyecto de programa de apoyo a que se refiere el artículo 41, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 tendrá por objeto los cinco ejercicios financieros de 2014 a 2018. 2.   Los Estados miembros notificarán a la Comisión la legislación nacional que adopten o modifiquen en relación con los programas de apoyo mencionados en el apartado 1.
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