Art. 1
Período de programación y notificación de la legislación nacional pertinente
En vigor desde 15 abr 2016
Artículo 1
Período de programación y notificación de la legislación nacional pertinente
1. El proyecto de programa de apoyo a que se refiere el artículo 41, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 tendrá por objeto los cinco ejercicios financieros de 2014 a 2018.
2. Los Estados miembros notificarán a la Comisión la legislación nacional que adopten o modifiquen en relación con los programas de apoyo mencionados en el apartado 1.
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