Art. 63

Diálogo preliminar sobre la estrategia de resolución

En vigor desde 23 mar 2016
Artículo 63 Diálogo preliminar sobre la estrategia de resolución La autoridad de resolución a nivel de grupo organizará un diálogo preliminar con las autoridades de resolución de las filiales con vistas a llevar a cabo todo lo siguiente: 1) debatir una propuesta preliminar sobre la estrategia de resolución del grupo; 2) verificar si alguna de las autoridades competentes dispone ya de una parte o la totalidad de la información necesaria para la elaboración del plan de resolución de grupo y la evaluación de resolubilidad, y compartir esta información con arreglo al artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2014/59/UE; 3) determinar la información adicional que habrá de solicitarse a la empresa matriz de la Unión; 4) acordar las posibles contribuciones que tendrán que presentar las autoridades de resolución de las filiales a la autoridad de resolución a nivel de grupo con vistas a elaborar el plan de resolución de grupo y realizar la evaluación de resolubilidad.
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