Art. 63
Diálogo preliminar sobre la estrategia de resolución
En vigor desde 23 mar 2016
Artículo 63
Diálogo preliminar sobre la estrategia de resolución
La autoridad de resolución a nivel de grupo organizará un diálogo preliminar con las autoridades de resolución de las filiales con vistas a llevar a cabo todo lo siguiente:
1)
debatir una propuesta preliminar sobre la estrategia de resolución del grupo;
2)
verificar si alguna de las autoridades competentes dispone ya de una parte o la totalidad de la información necesaria para la elaboración del plan de resolución de grupo y la evaluación de resolubilidad, y compartir esta información con arreglo al artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2014/59/UE;
3)
determinar la información adicional que habrá de solicitarse a la empresa matriz de la Unión;
4)
acordar las posibles contribuciones que tendrán que presentar las autoridades de resolución de las filiales a la autoridad de resolución a nivel de grupo con vistas a elaborar el plan de resolución de grupo y realizar la evaluación de resolubilidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2016:1075:oj#art-63