Art. 46

Notificación presentada por el órgano de dirección a una autoridad competente

En vigor desde 23 mar 2016
Artículo 46 Notificación presentada por el órgano de dirección a una autoridad competente 1.   Las notificaciones presentadas a una autoridad competente por el órgano de dirección de una entidad o sociedad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), de la Directiva 2014/59/UE incluirán lo siguiente: a) el nombre, la dirección del domicilio social y, si se dispone de él, el identificador de entidad jurídica de la entidad o sociedad que envía la notificación; b) el nombre y la dirección del domicilio social de la empresa matriz inmediata y última de dicha entidad o sociedad, cuando proceda; c) la información y los análisis pertinentes que el órgano de dirección tuviera en cuenta a la hora de efectuar la evaluación para determinar el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 32, apartado 4, de la Directiva 2014/59/UE; d) una copia de la resolución escrita del órgano de dirección en la que confirme su evaluación sobre la inviabilidad o la probable inviabilidad de la entidad o sociedad; e) cualquier información adicional que el órgano de dirección considere pertinente para su evaluación. 2.   La notificación a que se refiere el artículo 81, apartado 1, de la Directiva 2014/59/UE será transmitida a la autoridad competente de inmediato tras la decisión adoptada por el órgano de dirección en la que se determine la inviabilidad o la probable inviabilidad de una entidad o sociedad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), de dicha Directiva.
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