Art. 5

Formulario de las solicitudes y autorizaciones

En vigor desde 17 dic 2015
Artículo 5 Formulario de las solicitudes y autorizaciones 1.   Hasta la fecha de mejora del sistema AEO a que se refiere el anexo de la Decisión de Ejecución 2014/255/UE, las autoridades aduaneras podrán permitir la utilización de medios distintos de las técnicas de tratamiento electrónico de datos en relación con las solicitudes y las decisiones relativas a AEO o con cualquier acontecimiento posterior que pueda afectar a la solicitud o decisión iniciales. 2.   En los casos contemplados en el apartado 1 del presente artículo, será de aplicación lo siguiente: a) las solicitudes del estatuto de AEO se presentarán utilizando el formato de formulario que figura en el anexo 6, y b) la autorizaciones del estatuto de AEO se concederán utilizando el formato de formulario que figura en el anexo 7.
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