Art. 13
Actos de ejecución por los que se establecen los requisitos administrativos y científicos que deben cumplir las solicitudes
En vigor desde 25 nov 2015
Artículo 13
Actos de ejecución por los que se establecen los requisitos administrativos y científicos que deben cumplir las solicitudes
A más tardar el 1 de enero de 2018, la Comisión adoptará actos de ejecución en relación con:
a)
el contenido, la redacción y la presentación de la solicitud mencionada en el artículo 10, apartado 1;
b)
las disposiciones para comprobar, sin demora, la validez de dichas solicitudes;
c)
el tipo de información que ha de figurar en el dictamen de la Autoridad a que se refiere el artículo 11.
Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 30, apartado 3.
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