Art. 45

Lista de aeropuertos internacionales de la Unión

En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 45 Lista de aeropuertos internacionales de la Unión (Artículo 49 del Código) Cada Estado miembro facilitará a la Comisión la lista de los aeropuertos internacionales de la Unión situados en su territorio y le informará de cualquier cambio que se produzca en ella.
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