Art. 45
Lista de aeropuertos internacionales de la Unión
En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 45
Lista de aeropuertos internacionales de la Unión
(Artículo 49 del Código)
Cada Estado miembro facilitará a la Comisión la lista de los aeropuertos internacionales de la Unión situados en su territorio y le informará de cualquier cambio que se produzca en ella.
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