Art. 262

Autorización en forma de levante de las mercancías

En vigor desde 24 nov 2015
Artículo 262 Autorización en forma de levante de las mercancías (Artículo 22, apartado 1, del Código) Cuando la solicitud de autorización se haya efectuado basándose en una declaración en aduana de conformidad con el artículo 163, apartados 1 o 5, del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446, la autorización se concederá mediante el levante de las mercancías para el régimen aduanero pertinente.
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