Art. 5
Documentación
En vigor desde 11 nov 2015
Artículo 5
Documentación
Las empresas de seguros y reaseguros documentarán lo que sigue:
a)
el modo en que se llevan a cabo las evaluaciones adicionales, y los resultados de estas;
b)
la medida en que los resultados de las evaluaciones adicionales se tienen en cuenta en el cálculo de las provisiones técnicas y el capital de solvencia obligatorio.
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