Art. 5 · Documentación

Art. 5

Documentación

En vigor desde 11 nov 2015
Artículo 5 Documentación Las empresas de seguros y reaseguros documentarán lo que sigue: a) el modo en que se llevan a cabo las evaluaciones adicionales, y los resultados de estas; b) la medida en que los resultados de las evaluaciones adicionales se tienen en cuenta en el cálculo de las provisiones técnicas y el capital de solvencia obligatorio.
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