Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 23 abr 2015
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Reglamento establece especificaciones de aeronavegabilidad comunes adicionales para apoyar el mantenimiento de la aeronavegabilidad y la mejora de la seguridad de: a) las aeronaves matriculadas en un Estado miembro; b) las aeronaves matriculadas en un tercer país y utilizadas por un operador cuya vigilancia esté garantizada por un Estado miembro.
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