Art. 12
Entidades recientemente incluidas en la supervisión o cambio de condición
En vigor desde 21 oct 2014
Artículo 12
Entidades recientemente incluidas en la supervisión o cambio de condición
1. Cuando una entidad haya sido recientemente incluida en la supervisión durante solo una parte de un período de contribución, la contribución parcial se determinará aplicando el método establecido en la sección 3 al importe de su contribución anual calculada durante el siguiente período de contribución con referencia al número de meses completos del período de contribución en que la entidad haya sido objeto de supervisión.
2. El cambio de condición de una entidad durante el período de contribución, incluidas las pequeñas entidades, no afectará a la contribución anual que deba abonarse en ese ejercicio.
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