Art. 365

Estructura y contenido

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 365 Estructura y contenido 1.   Cuando las empresas de seguros y reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros o las sociedades financieras mixtas de cartera faciliten un informe único sobre la situación financiera y de solvencia, serán de aplicación los requisitos establecidos en esta sección. 2.   El informe único sobre la situación financiera y de solvencia presentará por separado la información que deba divulgarse a nivel de grupo con arreglo al artículo 256, apartado 1, de la Directiva 2009/138/CE, y la información que deba divulgarse con arreglo a los artículos 51, 53, 54 y 55 de la Directiva 2009/138/CE con respecto a cualquier filial cubierta por dicho informe. 3.   La información a nivel de grupo y la información relativa a cualquier filial cubierta por dicho informe seguirá la estructura señalada en el anexo XX. Las empresas de seguros y reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros o las sociedades financieras mixtas de cartera, al facilitar cualquier parte de la información que deba publicarse en relación con una filial cubierta, podrán optar por referirse a información a nivel de grupo cuando dicha información sea equivalente en cuanto a su naturaleza y alcance.
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