Art. 241

Proceso de validación del modelo

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 241 Proceso de validación del modelo 1.   El proceso de validación del modelo se aplicará a todas las partes del modelo interno y abarcará todos los requisitos establecidos en el artículo 101, el artículo 112, apartado 5, y los artículos 120 a 123 y 125 de la Directiva 2009/138/CE. En el caso de un modelo interno parcial, el proceso de validación abarcará además los requisitos establecidos en el artículo 113 de dicha Directiva. 2.   A fin de garantizar la independencia del proceso de validación del modelo con respecto al desarrollo y funcionamiento del mismo, las personas o la unidad organizativa que lleven a cabo el proceso de validación del modelo estarán libres de la influencia de los responsables del desarrollo y funcionamiento del modelo interno. Esta valoración se realizará de conformidad con el apartado 4. 3.   A efectos del proceso de validación del modelo, las empresas de seguros y reaseguros especificarán todo lo siguiente: (a) los procesos y métodos utilizados para validar el modelo interno y sus fines; (b) en lo que respecta a cada parte del modelo interno, la frecuencia de las validaciones periódicas y las circunstancias que originen validaciones adicionales; (c) las personas responsables de cada tarea de validación; (d) el procedimiento que se seguirá en caso de que el proceso de validación revele problemas de fiabilidad del modelo interno y el proceso de toma de decisiones para abordar tales problemas. 4.   Dentro del proceso de validación del modelo, las empresas de seguros y reaseguros evaluarán la calidad e independencia de la validación. En la evaluación de la independencia, las empresas tendrán en cuenta todo lo siguiente: (a) en el caso de un proceso de validación interno, las responsabilidades y la estructura de rendición de cuentas de las personas implicadas en el proceso, (b) en el caso de un proceso de validación externo, la estructura de remuneración de las personas que estén implicadas en el proceso, incluidos, cuando proceda, sus empleados u otras personas que actúen en su nombre, y cualesquiera otros mandatos de esas personas relacionados con la empresa de seguros o reaseguros.
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