Art. 11

Presentación de la notificación de pasaporte de servicios

En vigor desde 27 ago 2014
Artículo 11 Presentación de la notificación de pasaporte de servicios Las entidades de crédito utilizarán el formulario que figura en el anexo V para presentar una notificación de pasaporte de servicios a las autoridades competentes del Estado miembro de origen.
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