Art. 13
Comunicación de la notificación de pasaporte de servicios
En vigor desde 27 ago 2014
Artículo 13
Comunicación de la notificación de pasaporte de servicios
Las autoridades competentes del Estado miembro de origen utilizarán el formulario que figura en el anexo VI para comunicar una notificación de pasaporte de servicios a las autoridades competentes del Estado miembro de acogida.
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