Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 21 ago 2014
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. El presente Reglamento establece las normas relativas a las medidas excepcionales de ayuda de carácter temporal para los melocotones y las nectarinas del código NC 0809 30 destinados al consumo en fresco.
2. Las medidas de ayuda contempladas en el apartado 1 abarcarán:
a)
las operaciones de retirada efectuadas entre el 11 de agosto y el 30 de septiembre de 2014 por las organizaciones de productores en el sector de las frutas y hortalizas reconocidas de conformidad con el artículo 154 del Reglamento (UE) no 1308/2013, así como por los productores que no sean miembros de dichas organizaciones, y
b)
las actividades de promoción a que se refiere el artículo 33, apartado 3, letra c), del Reglamento (UE) no 1308/2013 efectuadas entre el 11 de agosto y el 31 de diciembre de 2014 por las organizaciones de productores en el sector de las frutas y hortalizas reconocidas de conformidad con el artículo 154 de dicho Reglamento.
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